Solicitud de informe sectorial en materia de telecomunicaciones para instrumentos de planificación territorial o urbanística (Art.50.2 LGTel)

IMPORTANTE:
Esta solicitud sólo pueden realizarla personal de las Administraciones Públicas encargadas de los procedimientos de aprobación, modificación o revisión de los instrumentos de planificación territorial o urbanística, según indica el Artículo 50.2 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones.

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